Según el Artículo 38 del Reglamento General de Circulación, las bicicletas tienen prohibido circular por autopistas y autovías. No obstante, los ciclistas mayores de 14 años podrán circular por el arcén de una autovía siempre que no exista una señal expresa que lo prohíba (dicha señal debe ir acompañada de un informe con el itinerario alternativo).
Puedes consultar más detalles sobre la circulación de bicicletas en autopistas o autovías en el Artículo 38 del Reglamento General de Circulación.
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